EL USO DE LA DECLARACIÓN DEL TESTIGO ANÓNIMO O CON RESERVA DE IDENTIDAD EN LA PRISIÓN PREVENTIVA Y EL JUZGAMIENTO

Fredy Valenzuela Ylizarbe
Jahaira P. Alache Neyra

Todo ciudadano que ha presenciado un hecho con apariencia delictiva tiene la obligación, salvo algunas excepciones, de declarar y, por tanto, debe concurrir ante las autoridades competentes cuando es citado como testigo, pues se trata de un deber cívico de colaborar con la administración de justicia.

Existen casos, sin embargo, en los que el testigo tiene temor de concurrir y declarar porque la persona o las personas en contra de quienes declararía son peligrosas y su integridad física o vida corren peligro. Debe tratarse, desde luego, de un temor fundado y apoyado en datos objetivos y concretos.

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